El mundo al revés

Ellos salen a las cinco de la mañana imponiendo por cierto, lo siguiente:

Pero, tres horas después, resulta que para Clarín, es el Gobierno quien desmiente la especie generada por ellos mismos:
Que dice el tan mentado artículo: el 765 dice que si se contrajo una obligación “en moneda que no sea de curso legal en la República”, “el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal, de conformidad con la cotización oficial”. En otras palabras, el deudor puede pagar en pesos, al tipo de cambio oficial, una deuda contraída en dolares. 
Lo que no dice Clarín es que el artículo establece la posibilidad de transformar esa obligación en dólares, si las partes no lo han incluido expresamente en el contrato de moneda extranjera, en pesos a la cotización oficial de la moneda, se trate de yen, dólar o euros”. A su vez, si los contratos, con el nuevo código, se firman en dólares y establecen en su texto que deben ser cancelados en dólares, deberán ser pagados en dólares. Ejem, otro ejemplo de manipulación informativa y van ....


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